Despido sin causa: qué indemnización te corresponde y cómo se calcula

31.07.2026

¿Te llegó un telegrama de despido y no sabés si lo que te ofrecen cobrar es correcto? Es una de las consultas más frecuentes en derecho laboral, y tiene sentido: la liquidación final de un despido no es solo "un sueldo por año trabajado". Combina varios rubros distintos, y en la práctica es común que el trabajador cobre menos de lo que realmente le corresponde porque nadie revisó el cálculo completo.

En esta nota te contamos, en términos simples, cómo funciona la indemnización por despido sin causa en Argentina.

¿Qué es el despido sin causa?

El despido sin causa (o despido incausado) es la extinción del contrato de trabajo por decisión unilateral del empleador, sin invocar ni acreditar una falta grave del trabajador. Es una facultad que la ley le reconoce al empleador, pero que tiene un precio: la obligación de indemnizar.

Se diferencia del despido con justa causa (donde el empleador invoca un incumplimiento grave del trabajador, que debe poder probar) y del despido indirecto (donde es el propio trabajador quien se considera despedido ante un incumplimiento del empleador — un tema que desarrollamos en detalle en otra nota de este blog).

Cómo se calcula la indemnización del art. 245 de la LCT

La Ley de Contrato de Trabajo (Ley 20.744) establece la fórmula base en su artículo 245: se toma la mejor remuneración mensual, normal y habitual devengada durante el último año (o durante la prestación de servicios, si fue menor a un año) y se multiplica por la cantidad de años de antigüedad o fracción mayor a tres meses.

Dos aclaraciones importantes que suelen generar dudas:

  • "Mejor remuneración normal y habitual" no es necesariamente el último recibo. Si cobraste comisiones, premios o adicionales variables en algún mes del último año que superen tu sueldo habitual, ese mes puede ser la base de cálculo.
  • Existe un tope, vinculado al convenio colectivo de trabajo (CCT) que te resulte aplicable según tu actividad. Este tope se actualiza periódicamente y varía según el convenio, por lo que el número exacto hay que verificarlo para tu caso concreto — no es el mismo para todas las actividades ni se mantiene fijo en el tiempo.

No es solo el art. 245: otros rubros que también te corresponden

Una liquidación final completa por despido sin causa normalmente incluye, además de la indemnización del art. 245:

  • Preaviso (o su indemnización sustitutiva, si no se otorgó): el plazo varía según la antigüedad del trabajador.
  • Integración del mes de despido: se debe cuando el despido no se produce el último día del mes.
  • SAC (aguinaldo) proporcional sobre el preaviso y sobre la integración.
  • Vacaciones no gozadas, proporcionales al período trabajado en el año del despido.
  • SAC proporcional del semestre en curso.
  • Salarios y otros rubros remuneratorios pendientes de pago (horas extra, comisiones, etc.), que son créditos independientes de la indemnización.

Si en tu recibo de liquidación falta alguno de estos ítems, es una señal de que conviene revisar el cálculo antes de firmar cualquier conformidad.

Cuando el empleador no pagó en tiempo o hubo empleo no registrado

Si además de despedirte sin causa el empleador no te pagó en el plazo legal, puede corresponder un agravante del 50% (art. 2, Ley 25.323) sobre determinados rubros. Y si la relación estuvo total o parcialmente no registrada, se suman otros agravantes que tratamos en profundidad en nuestra nota sobre trabajo no registrado.

Errores comunes que hacen que se cobre de menos

En la práctica, los errores más frecuentes en las liquidaciones que arma el propio empleador son: aplicar el tope convencional incorrecto, no considerar el mejor sueldo del último año cuando corresponde, omitir la integración del mes de despido, y no incluir el SAC proporcional sobre el preaviso.

¿Cuándo conviene consultar a un abogado laboralista?

Antes de firmar cualquier documento de "recibo final" o "conformidad" con el pago recibido, es recomendable que un abogado revise tu caso concreto: tu recibo de sueldo, tu antigüedad real, el convenio colectivo aplicable y la forma en que se produjo el despido. Una vez firmada la conformidad, reclamar diferencias se vuelve mucho más difícil.

En Estudio Jurídico Palomares analizamos tu liquidación sin cargo antes de que tomes cualquier decisión, y te decimos con claridad si lo que te ofrecen se ajusta a lo que la ley establece.

¿Te despidieron y querés que revisemos tu liquidación? Contactanos en calle 49 N° 876 1/2, Piso 3, Oficina 4, La Plata, o escribinos para coordinar una consulta.

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